En Colombia se despenalizó la interrupción voluntaria si se encuentra dentro de las 24 semanas ( Sentencia C-355 de 2006 y Sentencia C – 055 de 2022.) de embarazo, pero si supera este tiempo como requisito debe cumplir con una de las tres causales:
1) La malformación del feto,
2) El riesgo en la salud física y mental de la madre,
3) Acceso carnal violento.